Banco España no puede exigir a sus trabajadores la IRPF

El Tribunal Supremo confirmó la nulidad de un párrafo del artículo 8.2 de la Ordenanza del Banco de España que obliga a sus trabajadores a entregar la declaración del IRPF en procesos de verificación de operaciones financieras privadas.

Específicamente, la Sala de lo Social consideró que esta exigencia vulnera el derecho a la protección de datos de carácter personal.

En la sentencia, se establece que la declaración del IRPF permite conocer “no únicamente los datos económicos del afectado, sino todo un haz de datos que aparecen en la misma como pueden ser los referentes a su religión, pertenencia o no a un sindicato, ideas …, datos que, a tenor de la LOPDP 15/1999, de 13 de diciembre, aplicable por razones cronológicas, son datos especialmente protegidos”.

De esta manera, el tribunal desestimó los recursos de casación interpuestos por el Banco de España y la Federación de Servicios de Comisiones Obreras  (CCOO) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró la nulidad de un párrafo del artículo 8.2 de la Ordenanza 9/2017, que desarrolla el Código de Conducta para el personal del Banco de España.

El párrafo anulado establece que la Unidad de Cumplimiento Interno del Banco de España podrá solicitar a los empleados una copia de las declaraciones del IRPF o datos fiscales para comprobar la concordancia con la información previamente comunicada, de acuerdo a una nota de prensa.

0 Reviews

Write a Review

Alejandro Villalobos

Read Previous

Una docena de fiscales confinados por brote de COVID-19

Read Next

Galicia aprueba una nueva ley de pesca continental