Impuesto de hipotecas: el Tribunal Supremo fija nueva doctrina

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre la aplicación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en escrituras públicas que fijan una modificación de un préstamo hipotecario. En esta nueva doctrina, incluye cláusulas que afectan directamente al plazo y tipo de interés. Además, se incluyen nuevos requisitos financieros sin que afecte a la responsabilidad hipotecaria.

En la sentencia, el Tribunal Supremo defiende que, atendiendo a las nuevas cláusulas, habrá que examinar caso por caso para evaluar que cumple todos los requisitos legales y que el contenido sea evaluable.

Así, el Tribunal Supremo ha fijado dos criterios interpretativos. El primero que cabe señalar es que si en las escrituras públicas de novación de préstamos hipotecarios, los cuales no sólo se modifica las condiciones en cuanto al plazo o tipo de interés de préstamo, sino otro aspecto incluido en las cláusulas financieras no exentas del impuesto, la base imposible es el resultado del contenido económico de las cláusulas financieras o del importe total de la responsabilidad hipotecaria.

El segundo criterio interpretativo que fija el Tribunal Supremo es aquel que determina si las escrituras públicas de novación de préstamos hipotecarios que se modifican tanto las cláusulas financieras como las condicionadas relacionadas con el plazo del préstamo o el tipo de interés, están fijadas o libres del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Bajo este concepto, cuando una escritura pública incorpora sólo modificaciones relacionadas con las cláusulas financieras, habrá que confirmar si se cumple los requisitos exigidos según a la AJD.

Ante esta situación, el Tribunal Supremo afirma que “la base imposible se debe determinar en atención al contenido material del hecho imponible. En caso de la simple novación modificativa de préstamo hipotecario que se incorpora a escritura pública, viene reflejado en el contenido económico de las cláusulas financieras valuables, limitando así la capacidad económica susceptible de imposición.

0 Reviews

Write a Review

Cristina Pérez

Read Previous

Protección de datos en periodo electoral

Read Next

Garrigues: premio a la mejor firma latina en infraestructuras