Audiencia de Badajoz rebaja al 50% el alquiler de un local por pandemia

A la mitad redujo la Audiencia de Badajoz el alquiler de un local comercial en momentos en que era obligatorio el cierre de los comercios no esenciales, entre el 14 de marzo y el 21 de mayo de 2020.

En sentencia de 30 de diciembre de 2021, la Audiencia aplicó la cláusula rebus sic stantibus (estando así las cosas), como consecuencia de los efectos de la pandemia.

Esta cláusula, derivada del Principio del riesgo imprevisible, consiste en un “remedio equitativo al desequilibrio de las prestaciones por causas sobrevenidas”, de acuerdo a la Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 15 de enero de 2008.

La aplicación de dicha cláusula procede cuando se ha producido una alteración extraordinaria entre las circunstancias existentes en el momento de celebración del contrato y el de su cumplimiento, esto es, cuando concurre una desproporción exorbitante entre las prestaciones de las partes contratantes como consecuencia de circunstancias sobrevenidas totalmente imprevisibles.

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Alejandro Villalobos

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