La magistrada del caso, Margarita Valcarce, interrogó hace meses al denunciante, que asegura que recibió una patada del congresista Iñigo Errejón, que además, le dio en un tumor según su declaración. Sin embargo, en estos juicios de delitos leves, se debe de acudir a un juicio rápido, sin interrogatorio previo.
Ha sido el Ministerio Fiscal el que ha provocado este desenlace. Considera que la magistrada había «vulnerado el principio de parcialidad objetiva». La magistrada tomó la decisión de suspender el juicio, se abstuvo y elevó la causa a la Audiencia Provincial de Madrid. El juez que ha instruido no puede juzgar el caso. Tiene que hacerlo otro diferente, que no conozca la causa previa, que no esté «contaminado».
Este es el caso de la magistrada, que al haber interrogado al denunciante y a un testigo que presentó la acusación, se considera que ha sido contaminada y que no está capacitada para tomar una decisión imparcial.