El Supremo tumba la financiación del “bono social” sin afectar aplicación del descuento

El sistema de financiación del bono social, establecido por el Decreto-ley 7/2016, de 23 de diciembre, ha sido declarado contrario al derecho de la Unión Europea por parte del Tribunal Supremo.

De acuerdo con el Alto Tribunal este mecanismo discrimina a unas empresas del sector eléctrico frente a otras. Implicaba imputar el 94% del coste de financiación a las empresas comercializadoras.

El bono social es una prestación de carácter social destinada a proteger a determinados consumidores (“los consumidores vulnerables”). A través del mecanismo se aplica un descuento en el precio de la electricidad consumida en su vivienda habitual.

La decisión del Tribunal Supremo anuló el sistema de financiación destinado a cubrir el coste de ese descuento, sin que ello afecte a la continuidad de su aplicación.

En otros países de la Unión Europea prevén que ese coste se financie con cargo a sus presupuestos generales, pero España optó desde un principio por hacer recaer esa obligación sobre algunas empresas del sector eléctrico.

Ya en dos ocasiones anteriores el Tribunal Supremo consideró que el mecanismo de financiación establecido por la legislación española resultaba contrario al derecho de la Unión Europea.

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Alejandro Villalobos

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