Testigo mintió en juicio y el Supremo anuló y ordenó repetirlo

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ordenó que se anule la sentencia contra una conductora en un juicio por daños materiales tras el choque de dos autos en 2016, tras confirmar que un testigo determinante en la primera sentencia mintió.

El juicio, además, debe repetirse y el conductor que ganó en la primera oportunidad tendrá que pagar las costas del proceso ante el Supremo.

Todo comenzó con un accidente de coches en Valencia, que devino en un juicio ante el Juzgado de Primera Instancia 17 de la capital del Turia por una reclamación de daños materiales.

El demandante fue un hombre involucrado en el choque, quien propuso como testigo a un viandante que había pasado por allí y que ante el tribunal –después de prometer la verdad absoluta– manifestó que no conocía a ninguno de los dos, ni al hombre ni a la mujer del otro vehículo.

Este testigo fue clave en la sentencia, dos años después del hecho, que derivó en una condena contra la mujer, porque aseguró que presenció el siniestro y vio a la mujer saltarse un semáforo en rojo.

Con una sentencia posterior del Juzgado de Instrucción 20 de Valencia (junio de 2019), la mujer acudió a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, para solicitar una revisión, por maquinación fraudulenta de su sentencia condenatoria. En ese caso, el testigo y el otro conductor en su juicio habían sido condenados.

El primero como autor de un delito de falso testimonio.

Y el segundo como autor de un delito de presentación de testigos falsos.

La razón es que magistrado del Juzgado de Instrucción confirmó en su sentencia que el conductor presentó al testigo en pleno conocimiento de que no estaba en el lugar del accidente de tráfico el 10 de agosto de 2016..

Entonces la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, compuesta por los magistrados Ignacio Sancho Gargallo, como presidente, Pedro José Vela Torres, como ponente, y Juan María Díaz Fraile, subraya que, en este caso, “dado el contenido y contundencia de la declaración testifical” no era necesario que la sentencia de la primera instancia civil fuera firme.

Así lo aclaran: “La declaración del testigo sí fue decisiva, puesto que la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, tras reproducir la doctrina jurisprudencial sobre la responsabilidad civil en accidentes de tráfico con daños materiales recíprocos, concluyó que la conductora no había actuado diligentemente (no había respetado un semáforo en rojo) porque el testigo corroboró la versión del demandante”.

La otra prueba, la posición de los daños materiales en ambos vehículos, no fue concluyente porque encajaba en la versión dada por las dos partes.

El testimonio del testigo falso, por lo tanto, tuvo una alta relevancia en la sentencia porque dio la razón a su amigo.

0 Reviews

Write a Review

Alejandro Villalobos

Read Previous

El Senado aprobó definitivamente la Ley de interinos

Read Next

El 1 de enero desaparecerá el ocultamiento del valor de referencia de las viviendas