El Pleno tramita la reforma del Código Penal sobre prisión permanente revisable

El Pleno ha aprobado iniciar la tramitación de la Proposición de Ley de reforma del Código Penal referente a la prisión permanente revisable. De hecho, la modificación se introdujo en 2015 para determinados supuestos de especial gravedad, como asesinatos especialmente graves, homicidio del jefe del Estado o su heredero, de jefes de Estado extranjeros, y en los supuestos más graves de genocidio o lesa humanidad.

Además, cabe destacar que la proposición de ley ha superado el debate de totalidad, con lo que será remitida a la Comisión de Justicia para debatir y votar las enmiendas al articulado que presenten los grupos parlamentarios, según explican fuentes parlamentarias.

En realidad, se justifica la reforma de la Ley Orgánica del Código Penal en que la prisión permanente revisable ya que ‘persigue únicamente una función retributiva y vengativa de la pena, ya superada por las teorías de la humanización de la pena, más propias de los sistemas democráticos maduros y asentados’.

Por su parte, el grupo que ha propuesto la modificación en la exposición de motivos de esta iniciativa ha explicado que “la ley actual rompe peligrosamente con uno de los consensos constitucionales de 1978 de no establecer la cadena perpetua. Vulnera el principio constitucional de legalidad establecido en el artículo 25.1 CE. Y, finalmente, existen posibilidades de error judicial que sería irreparable”.

Por otro lado, la Cámara de Representantes de Italia ha aprobado una ley que introduce en el Código Penal el delito de tortura, cuatro años después de que el proyecto fuera presentado en el Senado y 29 años después de ratificar la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura, sellada en 1984.

0 Reviews

Write a Review

Colaborador

Read Previous

Instituto de Censores Jurados de Cuentas nombra presidente a Ferrán Rodríguez

Read Next

El Colegio de Abogados de Granada ficha a 39 nuevos letrados