La juez Mercedes Alaya propone endurecer las penas para los casos de corrupción como “medida preventiva para persuadir a los deshonestos”. Conocida por instruir en caso de los ERE en Andalucía, llamó la atención sobre la necesidad de una legislación específica para tales delitos.
Alaya, magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA), ofreció esta opinión en las III Jornadas de Transparencia y Datos Abiertos, celebradas en Madrid.
La juez recordó que “tenemos un Código Penal que, desgraciadamente, no recoge proporcionalidad entre las penas por corrupción a funcionarios públicos y las que se imponen a los que no lo son”.
Citó que la prevaricación en el caso de cargos públicos está castigada con penas de inhabilitación, pero no hay pena de multa ni de privación de libertad. Y, desde su punto de vista, este delito es “núcleo fundamental” en los procesos de corrupción.
Tampoco hay privación de libertad para quien nombra a un cargo público sabiendo que no cumple los requisitos para ello, ni para el funcionario que exige dinero a los ciudadanos por un servicio que sea gratuito.
Estas faltas son fundamentales: “No le cambian la vida, si lo comete un funcionario simplemente deja de ser funcionario público por un tiempo”, ha apuntado como una consecuencia.
El endurecimiento de las penas en los casos de corrupción puede suponer una persuasión, sostiene la juez Alaya. Pues así lo supone cuando se trata del tráfico de influencias, que además tiene penas muy cortas de prisión de seis meses a dos años.