El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) negó al Tribunal Supremo de Hungría declarar ilegal una petición de decisión perjudicial presentada por un órgano jurisdiccional inferior.
El tribunal europeo justificó que tal medida puede restringir la tutela judicial efectiva de los derechos conferidos a los afectados.
En la sentencia, de fecha reciente, el TJUE aclara, además, que las cuestiones planteadas no son pertinentes ni necesarias para la resolución del litigio principal.
En el caso, un juez del Tribunal de los Distritos Urbanos del Centro de Pest (Hungría) conoce de las diligencias penales incoadas contra un nacional sueco. En la primera audiencia ante la autoridad encargada de la investigación, al acusado, que no entiende húngaro y fue asistido por un intérprete de sueco, se le informó de las sospechas que recaían sobre él. Sin embargo, no hay información acerca de la selección del intérprete, de la comprobación de su aptitud o de si el acusado y el intérprete se entendían entre sí.
El problema radica en que en Hungría no existe ningún registro oficial de traductores e intérpretes y la normativa húngara no precisa quién puede ser nombrado como tal en los procesos penales, ni en función de qué criterios.
Por tal motivo, según el juez que conoce del asunto, ni el abogado ni el juez pueden comprobar la calidad de la interpretación. En estas circunstancias, el juez considera que podría vulnerarse el derecho del interesado a ser informado de sus derechos y su derecho de defensa.