Quedó sin efecto la norma que obliga informar la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, luego de una decisión del Tribunal Supremo.
La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo del máximo Tribunal anuló el artículo 54 ter del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, introducido en 2017, que regula la material.
El fundamento es que su tramitación no fue comunicada a la Comisión Europea como era preceptivo.
El TS estimó así el recurso de la Asociación Española de la Economía Digital (ADIGITAL) contra el apartado 11 del artículo primero del Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, por el que se introduce en el Reglamento en cuestión.
El Supremo aplicó al caso la sentencia del TJUE en el ‘caso Airbnb’, de 19 de diciembre de 2019, de la que se desprende que una norma como el artículo 54 ter del citado Reglamento “debía haber sido notificada bajo la Directiva 1535/2015 (procedimiento de información en reglamentaciones técnicas) y que su falta de notificación conlleva su invalidez”.