El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado admitir a trámite la normativa de la Junta de Andalucía que permite devolver la jornada laboral de 35 horas semanales a los más de 270.000 trabajadores públicos de la administración autonómica. De hecho, ha decretado la suspensión cautelar de esta medida.
En realidad, el Consejo de Ministros ha sido el que ha aprobado dos acuerdos para interponer sendos recursos de inconstitucionalidad contra normas de la Junta de Andalucía, haciendo alusión al artículo 161.2 de la Constitución para que se produzca su suspensión.
Concretamente, uno de los recursos va contra el Decreto Ley de la Junta que regula el trabajo de sus empleados públicos en 35 horas semanales, mientras que el otro es en contra de la Ley del Presupuesto autonómico para 2017 que habilita la contratación de personal para reforzar la plantilla cuando sea necesario.
Además, la suspensión de la vigencia y aplicación de las normas impugnadas “es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del artículo 161.2 de la Constitución, el cual establece que el Gobierno podrá impugnar ante el TC las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas“, según informa el Alto Tribunal.
Por otra parte, el Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente por unanimidad el decreto de demarcación de registros en Cataluña. De hecho, se ha declarado la inconstitucionalidad y la nulidad de varios preceptos del Decreto de la Generalitat de Catalunya 69/2015, de 5 de mayo.