Jueces de familia de Madrid unifican criterios

En una decisión no vinculante, 12 jueces de familia de Madrid adoptaron criterios unificados relativos a la  tramitación de los procedimientos sumarios en materia de familia, regulados por el Real Decreto-Ley de medidas procesales y administrativas para enfrentar a la covid-19.

Es así como la Junta de jueces de los juzgados de Familia de Madrid capital estableció acuerdos en una reunión presidida por la decana de los juzgados de Madrid, María Jesús del Barco

En cuanto a los aspectos sustantivos, los jueces han acordado que, con carácter general, “no procede la compensación de visitas no disfrutadas o estancias no realizadas”.

En interés del menor, “se insta a los progenitores a alcanzar acuerdos, ya que son ellos quienes mejor conocen las circunstancias particulares que concurren en su entorno familiar y las necesidades concretas de sus hijos menores”.

Además, están de acuerdo con que las visitas intersemanales, con o sin pernocta no se recuperen. Se trata de estancias de corta duración, cuya recuperación vía compensación no atiende a la finalidad de las mismas (asegurar el contacto frecuente con el progenitor no custodio).

En los supuestos excepcionales a los que antes se ha hecho referencia, se podría recuperar por cada dos fines de semana no disfrutados, un fin de semana adicional, cada mes, o añadiendo tres días a un período vacacional.

Y las vacaciones de Semana Santa se podrían recuperar añadiendo dichos días a los periodos vacacionales.

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Alejandro Villalobos

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