En Cáceres, los patinetes que superen la velocidad de los 25 kilómetros por hora o los 1.000 watios de potencia deben tener permiso de conducir, de acuerdo a una decisión de la Audiencia Provincial.
El fallo confirma que estos vehículos son ciclomotores y para su uso se necesita permiso de conducir.
De esta manera, la sala provincial desestimó el recurso de apelación que un acusado interpuso contra la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Cáceres, que pretendía que se declarase que al ser un patinete eléctrico no necesitaba permiso de conducir.
El caso específico es el de un conductor de un patinete denunciado por un policía local por circular con el vehículo sin permiso de conducción. Al llegar a nivel judicial, el Juzgado de lo Penal declaró que para ese vehículo era necesario y que conducir careciendo del mismo es un delito contra la seguridad del tráfico.
No obstante, el Juzgado absolvió al acusado por un error de tipo al considerar que fuentes oficiales le habían informado que en su caso no hacía falta.