Las guarderías no emitirán certificados a las madres para la declaración IRPF

La Agencia Tributaria aclaró que la deducción por hijos menores a tres años que asistan a guarderías aplica, pero no es necesario el certificado de la institución. En esta reducción, también entran las mujeres con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

La reducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) puede llegar hasta los 1.000 euros anuales por cada hijo, si satisfacen gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (Aeat) explica en una nota que, “para la práctica de esta deducción estatal no es necesario aportar ningún justificante emitido por la guardería o centro de educación infantil autorizado”. Aunque esta declaración debe hacerse regularmente durante el mes de enero, este año la Agencia Tributaria ha extendido el plazo hasta el 15 de febrero.

Por otro lado, las guarderías o centros infantiles autorizados sí tienen que presentar una declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción por maternidad.

Además, la contribuyente debe tomar en cuenta que, en el año en que el hijo menor cumpla tres años, podrá aplicar la deducción de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad, hasta el mes anterior en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

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Alejandro Villalobos

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