Un conductor de autobús involucrado en un accidente en el que murió un motorista no puede ser despedido a pesar de haber consumido drogas, sentenció el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
El tribunal indicó que el simple hecho de dar positivo en cannabis no prueba que se condujera bajo los efectos de esa droga, “a diferencia de lo que ocurre con el alcohol”.
“El Tribunal entiende que como ni el compañero de trabajo ni los agentes policiales detectaron un comportamiento extraño en el actor, podría haberla tomado en su tiempo libre”, resaltó Alfredo Aspra, socio del Área Laboral de Andersen Tax & Legal.
Los hechos probados en la sentencia recogen que el día anterior al grave accidente el conductor estaba de libranza. “Tal hecho no está prohibido por el laudo arbitral para las empresas de transporte de viajeros por carretera”, explica la sentencia.
El Tribunal explica que la presencia de la sustancia puede detectarse en los análisis durante diez días, mientras que sus efectos duran unas 14 horas. “El simple resultado positivo se nos antoja insuficiente para acreditar que se encontraba bajo los efectos de esta droga”, concluye.