La Audiencia de Las Palmas declara abusivos gastos por cláusulas suelo

Justo después de un fallo del Tribunal Europeo, la Audiencia de Las Palmas emitió dos sentencias en esa línea, al declarar abusivos los gastos por cláusulas suelo.

Son las dos primeras sentencias conocidas que declaran abusivos los gastos de hipoteca derivados de contratos con cláusulas nulas.

La doctrina fijada por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 9 de julio se basa en la premisa de que “el banco no suministró al cliente, con anterioridad a la firma del contrato, toda la información necesaria sobre los beneficios o inconvenientes de esta cláusula”.

El tribunal confirmó así que el banco no puede cargar al cliente gastos del notario, tasación, arancel del registrador, así como la controvertida comisión de apertura.

En los nuevos fallos, la Audiencia dio la razón a dos particulares que en sendos litigios contra entidades bancarias pedían que fueran estas las que tienen que asumir los gastos derivados del préstamo (derechos del notario, arancel del registrador de la propiedad, tasación) y los excesos de aplicación de la cláusula suelo, y el cliente solo tiene que hacer frente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

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Alejandro Villalobos

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