El Tribunal Superior ratifica la condena a un padre que permitió conducir a su hijo de 8

El Tribunal Superior confirma la sentencia al padre ya que no descuidó su vigilancia y el pequeño cogió el coche, es que él mismo le ayuda a conducir y a continuación graba toda la situación desde fuera del coche.

Tendrá que pagar una multa de 2.160 euros que le impuso el Juzgado de lo penal número 1 de Gijón en septiembre de 2019 y que fue confirmada por la Audiencia Provincial de Asturias en enero de 2020.

A pesar de las dos primeras derrotas judiciales el acusado buscó una tercera vía, la última ya, al Tribunal Supremo. El TS desestimó su recurso ya que confirmó que el acusado incumplió el artículo 384.2 del Código Penal de conducir sin haber obtenido nunca el permiso, que al tratarse de un menor resulta obvio. El padre ha sido condenado por coadyuvado al que el menor condujese, poniendo en riesgo su vida y las de terceros.

La sala destacó la responsabilidad penal del padre, «es absoluta, en tanto en cuanto no se trata tan solo de que haya descuidado la vigilancia del menor para que éste no utilice el vehículo, sino que le ha ayudado a ello».

0 Reviews

Write a Review

Cristina Pérez

Read Previous

CGPJ podría acudir al TC por ley que limita sus funciones

Read Next

Supremo acepta como agravante utilizar mascarilla y gorro en atraco