Constitucional admite norma que regula la jornada de trabajo de empleados públicos

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite la norma de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra el Decreto-Ley de la Junta de Andalucía 5/2016, de 11 de octubre, por el que se regula la jornada de trabajo del personal empleado público de la Junta de Andalucía.

De hecho, el TC ha acordado trasladar la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Junta y al Parlamento de Andalucía, los cuales dispondrán de quince días para presentarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.

Además, el Pleno ha señalado también la suspensión de la vigencia y aplicación de la norma impugnada, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del art. 161.2 de la Constitución.

Por su parte, el recurso indica que “el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.

Por otro lado, el Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente por unanimidad el decreto de demarcación de registros en Cataluña. De hecho, se ha declarado la inconstitucionalidad y la nulidad de varios preceptos del Decreto de la Generalitat de Catalunya 69/2015, de 5 de mayo.

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