Es inminente la entrada en vigencia de la obligatoriedad que tendrán las empresas de controlar y registrar el horario de sus trabajadores, pero hay muchas dudas sobre su cumplimiento.
Desde el 12 de mayo el Estado podrá inspeccionar y sancionar los incumplimientos a esta nueva norma que busca atacar, junto a otras medidas, la precariedad en el ámbito laboral. Para su aplicación fue modificado el artículo 34 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y añadido un nuevo apartado 9.
La norma obliga a registrar la hora de inicio y finalización de la jornada de todos los trabajadores; a almacenar los registros cuatro años; y a que éstos sean accesibles a trabajadores, a sus representantes legales y a la Inspección.
Expertos consultados por la revista “Buen Gobierno, Iuris&Lex y RSC” de El Economista coincidieron en que la empresa española no está preparada para aplicar la medida. Y peor en el caso de las medianas y pequeñas empresas, para las que supondrá un aumento de la carga de trabajo administrativo, y podrá ocasionar un aumento de gasto y molestias.
De acuerdo al reportaje, desde las empresas indican que es complicado controlar a quienes trabajan fuera de la sede de la empresa, desconocen los métodos de control que pueden aplicar y miran con recelo las sanciones que conllevará incumplir la norma.