Dación en pago: El Tribunal Supremo fija la base del ITP

El Tribunal Supremo dictamina la tributación en las daciones en pago sobre “la base imponible fijada en función del importe de la deuda pendiente de amortizar que se extingue con la operación”.

Algunos Tribunales Superiores de Justicia, como el de Granada o el de Murcia habían considerado que la base imponible del ITP en las daciones en pago debía tributar sobre  el valor real de los bienes inmuebles que se entregan y no sobre el importe de la deuda cancelada.

En la sentencia concreta, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo , ante un recurso de casación presentado por una entidad bancaria que recibió el inmueble, ha dictaminado que debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por el valor del préstamo que estaba pendiente de amortizar que se extingue con la operación y no sobre el valor real del inmueble.

Concluye la Sala, que el valor real de dicha operación o negocio jurídico viene determinado, precisamente, por el importe de la deuda hipotecaria a extinguir cuando sea superior al valor del inmueble.

Requisitos de dación en pago

La dación en pago es un recurso que se ampara en el Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

La dación en pago no es una obligación legal por lo que las entidades no están obligadas por quien la solicita, excepto si el Banco está acogido al Código de Buenas Prácticas aunque son pocas las entidades que lo ofrecen.

Para pedirla debe cumplir con los siguientes requisitos:

“Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual de catorce pagas.”

“Que, en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas, en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda, o hayan sobrevenido en dicho período circunstancias familiares de especial vulnerabilidad.”

 

 

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Redacción

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