El uso obligatorio de la mascarilla recibe el aval del Supremo

El Tribunal Supremo avaló el uso obligatorio de las mascarillas como una medida para prevenir el contagio de COVID-19 y minimizar la expansión del virus.

Lo determinó la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, al desestimar el recurso de un ciudadano contra la Orden del Ministerio de Sanidad 422/2020, de 19 de mayo, que reguló las condiciones del uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis ocasionada por el coronavirus.

El recurrente consideraba que la orden vulneraba, entre otros, sus derechos fundamentales a la integridad física y moral y al honor.

En una nota de prensa, el Supremo explica que la Sala responde que es “legítima” la disposición ordenando el uso de mascarilla en razón de que, en el actual estado de conocimiento de propagación del virus COVID-19, es “necesaria y proporcionada” para alcanzar el fin de interés general de protección de la salud, al constituir una medida que puede contener la progresión de la pandemia.

Pero, además la Sala razona que los hipotéticos riesgos siempre serán menores que el beneficio de la prevención obtenida, y  recuerda que en el uso obligatorio de la mascarilla no se encuentra concernido el derecho al consentimiento informado.

“En cualquier caso, debe prevalecer el objetivo constitucional de protección de la salud de todos (artículo 43 de la Constitución) que comprende la integridad física y moral”, recalca la Sala.

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Alejandro Villalobos

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