El pasado viernes 21 de julio el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que define una serie de cambios en la estructura orgánica del Ministerio de Justicia. Estas modificaciones contribuirán a ajustar y redistribuir las competencias entre unidades así como especificar sus funciones.
Las variaciones se han elaborado en base a criterios de eficacia, eficiencia y racionalización del gasto en la gestión del departamento. Algunas novedades que presenta se enfocan en la redistribución y re-ordenación de las funciones de las unidades dependientes de la Secretaría General de la Administración de Justicia y la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Así pues, se llevarán a cabo mejoras técnicas para precisar el ejercicio de las funciones de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, además de actualizar las funciones en el plano internacional de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
Además, se pretende convertir la actual Unidad de Apoyo de la Secretaría General en un gabinete técnico para mejorar la coordinación y seguimiento de las actividades de sus unidades. De la misma manera, se espera configurar las gerencias como órganos administrativos de apoyo a la Administración de Justicia a fin de prestar un mejor servicio en todo el territorio.
En cuanto a la Dirección General de los Registros y del Notariado, se incluirá la competencia relativa a la dirección funcional del personal de los registros civiles y se recogerá la atribución de la llevanza del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación y del Registro Central de contratos de préstamos declarados nulos.
Estos son algunos de los cambios que se producirán dentro del Ministerio de Justicia, de acuerdo a la aprobación de este Real Decreto. No obstante, se darán variaciones sustanciales en la estructura orgánica básica del organismo.