El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la LaLiga contra la sentencia que dio la razón al FC Barcelona y al Real Madrid en relación con su exclusión de varias deliberaciones internas del órgano encargado de supervisar la gestión de los derechos audiovisuales de la competición.
La resolución confirma la nulidad de pleno derecho de la decisión adoptada por el presidente de LaLiga, que impidió a ambos clubes participar en reuniones celebradas en marzo, abril y mayo de 2022 al considerar que existía un conflicto de interés derivado de su implicación en el proyecto de la Superliga europea.
El Supremo respalda el criterio de instancias anteriores
Tanto el juzgado de primera instancia como la Audiencia Provincial de Madrid ya habían estimado las pretensiones de los clubes, al entender que no existía el conflicto de interés alegado y que el procedimiento seguido para su exclusión no fue adecuado.
En concreto, las resoluciones anteriores señalaron que la recusación debía haberse resuelto por un tercero imparcial y no por el propio presidente de LaLiga, quien promovió la exclusión y participó en la decisión, lo que suponía una vulneración del derecho de asociación de ambos clubes.
LaLiga no recurrió uno de los argumentos clave de la sentencia
El Tribunal Supremo ha fundamentado su decisión en que el recurso presentado por LaLiga solo cuestionaba uno de los argumentos principales de la sentencia recurrida: la existencia del supuesto conflicto de interés.
Sin embargo, el alto tribunal recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial se apoyaba también en un segundo argumento esencial: que la recusación fue resuelta por la misma persona que la promovió, lo que contraviene las garantías exigibles en este tipo de procedimientos.
Al no impugnarse este segundo fundamento en el recurso de casación, el Supremo considera que el recurso carecía de efecto útil, ya que incluso si se hubiera estimado el primer motivo, la decisión judicial no habría podido modificarse.
Las decisiones afectaban a reuniones sobre derechos audiovisuales
Las exclusiones se produjeron en tres reuniones del órgano de control encargado de la gestión de los derechos audiovisuales de LaLiga, celebradas en primavera de 2022. En ellas se debatían distintos puntos del orden del día relacionados con la organización y explotación de estos activos estratégicos para la competición.
Los clubes afectados sostuvieron que la decisión vulneraba sus derechos dentro de la organización y que no existía base suficiente para justificar su exclusión por su participación en la iniciativa de la Superliga.
Un nuevo revés judicial para LaLiga en el conflicto por la Superliga
Con esta resolución, el Tribunal Supremo confirma el criterio mantenido por las instancias anteriores y refuerza la posición jurídica de Barcelona y Real Madrid en uno de los episodios derivados del conflicto institucional surgido tras el anuncio del proyecto de la Superliga europea.
La sentencia ratifica que la exclusión de ambos clubes de aquellas votaciones internas fue contraria a derecho, cerrando así esta vía judicial en favor de las entidades demandantes.