El TSJ de Castilla y León reconoce el derecho de los funcionarios al cobro, tanto de los incrementos salariales presentes en la Ley de Presupuestos como de los trienios que se generen durante una baja médica.
Con esta sentencia del pasado 5 de abril, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) logra su segunda victoria judicial, la cual se suma a otra anterior del Tribunal Superior de Galicia, lo que se traduce en la consolidación de doctrina judicial en este tipo de cuestiones.
En esta última sentencia se reconoce a una funcionaria de Justicia su derecho a percibir en la nómina la cantidad correspondiente a su noveno trienio y el incremento retributivo, aunque se encuentre en una situación de incapacidad temporal.
Dicha funcionaria, empleada del Tribunal Superior de Castilla y León, estuvo fuera debido a una incapacidad temporal desde octubre de 2015 octubre de 2016. En ese año tuvo que ser intervenida quirúrgicamente por un tumor en los ovarios. Sin embargo, a pesar de que durante esa baja se le había reconocido el trienio, no lo percibió.
La trabajadora reclamó tras su alta médica, pero la Administración le denegó su abono, por lo que acudió a los tribunales para exigir esas cantidades.
Ante esta denegación al abono del trienio, el Ministerio de Justiciaargumentó que se debe tomar como referencia para las retribuciones durante la baja médica del trabajador “aquellas que se percibían en el mes inmediato anterior al de causarse la situación de incapacidad temporal” y, en el caso del trienio, que su función es retribuir “la permanencia de un funcionario en la Administración” y en este caso considera que estando de baja no procede su devengo “al no haber una prestación continuada de servicios en la Administración”.
El Tribunal Superior de Castilla y León estima el recurso de la trabajadora, haciéndose eco de una sentencia previa del TSJ de Galicia en noviembre de 2016 sobre un caso similar, que también ganó CSIF.
Finalmente se considera que la resolución del Ministerio de Justicia “no es conforme a derecho” al mismo tiempo que reconoce el derecho de esta funcionaria a percibir el noveno trienio durante sus meses de baja (503,91 euros) y el incremento salarial del 1% (162,27 euros), más los intereses legales correspondientes. Igualmente condena a la Administración Pública a pagar las costas de todo el proceso judicial.