El BOE ha publicado la reforma de la ley que garantiza que el Turno de Oficio estará exento de IVA. De hecho, ha sido en el BOE del 22 de junio en el que se ha publicado la modificación de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita que garantiza que los abogados y procuradores del Turno de Oficio no estén sujetos al pago del IVA.
La reforma de la ley corrige la obligatoriedad de Hacienda impuesta en enero de 2017 en interpretación de una sentencia de la Unión Europea. Además de presentarse la iniciativa, la Agencia Tributaria se comprometió a no aplicar la directriz de reclamar el 21% de IVA a estos abogados y procuradores.
De hecho, el Senado ha recibido 225 votos a favor, 18 en contra y una abstención. Por eso, la Cámara alta ha dado luz verde el 14 de junio a la proposición de Ley de reforma de la Asistencia Jurídica Gratuita sin introducir ningún cambio respecto al texto salido del Congreso, por lo que la normativa se ha publicado en el BOE sin necesidad de volver a la Cámara baja.
La reforma señala en la modificación del artículo 22 que “los consejos Generales de la Abogacía Española y de los Colegios de Procuradores de España y sus respectivos Colegios regularán y organizarán, a través de sus Juntas de Gobierno, los servicios obligatorios de asistencia letrada y de defensa y representación gratuitas”.
Por otro lado, el Parlamento Europeo ha autorizado reducir el IVA de los libros y periódicos electrónicos. De hecho, los ciudadanos podrán pagar menos por los libros y periódicos electrónicos tras el voto favorable del PE, el cual permitirá a los países rebajar su IVA hasta alcanzar el mismo nivel que tiene el formato impreso en papel.