El Tribunal Supremo ha dictado que el derecho de rectificación puede incluir juicios de valor en España. Además, la Sala de lo Civil ha rechazado un recurso presentado por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) contra la sentencia que les obligó a rectificar sus críticas a un sargento, que incluían describir su historial de servicios como ‘intachable’.
De hecho, la doctrina establecida en la sentencia por incluir juicios de valor del sargento demandante “no debe ser excluida ya que su relevancia en el conjunto del escrito de rectificación era escasa, su relación con los hechos era directa y su prudencia y mesura eran manifiestas en comparación con los términos del escrito difundido por la asociación demandada”.
Por lo tanto, la asociación califica de ‘incompetente’ el hecho de tratar de cubrir sus fallos moral y económicamente, reprimiendo los derechos de los trabajadores subordinados.
El comunicado fue publicado en dos diarios digitales. El sargento acudió finalmente a los tribunales y, finalmente, la Audiencia Provincial de Cádiz les ha condenado a publicar un texto de rectificación en el que se añade que el sargento ofendido cuenta con “un historial de servicios intachable hecho, este sí, objetivo y demostrable documentalmente”.
Por otra parte, el Tribunal Supremo de España permitirá añadir nuevas pruebas que, aunque hayan sido requeridas, no han sido aportadas por el contribuyente ante la Agencia Tributaria. De hecho, el TS ha indicado que la revisión de pruebas se podrá hacer de varias maneras, ya sea mediante un recurso de reposición, una reclamación económico-administrativa o un recurso contencioso-administrativo, en el procedimiento de investigación correspondiente.