El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha anulado el despido de una empleada ya el administrador de la empresa que acordó el era su expareja.
El 17 de mayo de 2019 la mujer fue despedida de la empresa donde trabajaba, tan sólo 11 días después de que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrevieja (Alicante) condenara a su expareja por malos tratos y le pusiera una orden donde le prohibía comunicarse y acercarse a menos de 300 metros de ella durante los siguientes dos años.
El hombre actuó para vengarse y tomó la decisión de despedirla de su puesto de trabajo. El tribunal, formado porInmaculada C. Linares Bosch -presidenta-, Esperanza Montesinos Llorens y Ana Sancho Aranzasti, concluye que la decisión de la empresa vulneró el artículo 14 de la Constitución Española, que prohíbe la discriminación por razón de sexo.
El TSJ lo declara nulo y condena a la empresa a readmitir a la mujer en las mismas condiciones que regían antes de su despido y a abonarle los salarios dejados a percibir desde la fecha del despido hasta que se produzca su efectiva readmisión. Además, deberán abonarle la cantidad de 6.250€ como indemnización por daños y prejuicios causados.