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Plataformas digitales de ventas recaudarán IVA de empresas

Las plataformas digitales que facilitan la venta de productos a través de internet tendrán que recaudar el Impuesto al Valor Añadido (IVA) de las transacciones ajenas e ingresarlo al fisco.

La obligación entrará en vigencia el 1 de enero de 2021 y lo recaudado deberá ser tributado en el país de destino de los bienes tramitados.

Estos dos son los principales cambios de la directiva 2017/2455, de acuerdo con Fernando Matesanz, Managing Director de Spanish VAT Services Asociados, durante su intervención en el Madrid VAT Forum 2020 ‘Principales retos presentes y futuros del Sistema Común del IVA’.

Este es un evento organizado por ese despacho y Thomson Reuters, que reunió a unos 80 abogados fiscalistas en el auditorio de la Asociación de la Prensa de Madrid.

Otros cambios vendrán con el brexit, como la no aplicación de muchas simplificaciones de las que goza el comercio intracomunitario en materia de IVA, precisamente.

El Madrid VAT Forum 2020 abordó las directivas recientes sobre este impuesto y las que están en curso, las consecuencias del Brexit, la situación del fraude, el futuro de la fiscalidad indirecta del comercio electrónico, las sociedades hólding o el requisito de la factura para deducir el IVA soportado y analizó la jurisprudencia más reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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Alejandro Villalobos:
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