Los trienios serán iguales para los trabajadores fijos discontinuos y el personal fijo de la Agencia Tributaria, de acuerdo a una sentencia del Tribunal Supremo.
Este beneficio, según la decisión del 19 de noviembre de 2019, debe calcularse sobre toda la duración de la relación laboral y no únicamente sobre el tiempo de prestación efectiva de servicios.
“Ha de tenerse en cuenta todo el tiempo de duración de la relación laboral”, subraya el fallo, del que fue ponente la magistrada Segoviano.
De esta manera, el Supremo aplicó el auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 15 de octubre de 2019, referido a dos trabajadoras fijas discontinuas de la Aeat, y cambia su doctrina en esta materia.
Segoviano fundamenta que “de no seguirse esta interpretación se produciría una diferencia de trato peyorativa para los trabajadores a tiempo parcial -fijos discontinuos- en relación con los trabajadores a tiempo completo”.
“Ante un mismo periodo de prestación de servicios, los segundos devengarían un trienio al transcurrir tres años, en tanto a los primeros se les tendría en cuenta, no la duración de la relación laboral, sino el tiempo de servicios efectivamente prestados”, añadió.