Interinos no pueden ser funcionarios sin oposición previa

La Audiencia Nacional rechazó un recurso en el que se solicitaba que los interinos de larga duración accedan a la plaza fija sin un proceso de oposición previa.

La petición la hizo la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL), a través de la nulidad del acuerdo para la mejora del empleo público firmado en 2017.

El fallo de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional respalda, mas bien, el acuerdo que en marzo de 2017 suscribieron los sindicatos CSIF, CCOO y UGT con el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para reducir la temporalidad en el empleo público.

Pero la Asociación Nacional de Interinos y Laborales no estuvo de acuerdo y en mayo de 2017 presentó ante la Audiencia Nacional un recurso contencioso-administrativo en contra, y alegó que no había sido publicado, no contaba con informe previo de la Intervención General del Estado y discriminaba a los interinos de larga duración y al personal indefinido no fijo contratado antes del 1 de enero de 2005.

ANIL se oponía en su recurso a la obligación de que los interinos que durante mucho tiempo han prestado servicios a la administración tengan que someterse a una oposición para acceder a la función pública como funcionarios de carrera. En su lugar, propone la realización de concursos específicos de méritos, sin oposición.

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Alejandro Villalobos

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