El Consejo de Ministros aprobó que se intente con un recurso de inconstitucionalidad contra una ley medioambiental de Castilla y León por considerar que establece doble imposición.
El presidente del Gobierno en funciones tiene, ahora, la potestad de llevar al Tribunal Constitucional (TC) al artículo único cuatro de la Ley 6/2018, de 13 de noviembre de Castilla y León, por la que se modifica el impuesto sobre afecciones medioambientales.
“El legislador autonómico incluye un nuevo hecho imponible en la letra c) del art. 51.1 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre. En concreto, incorpora al ya existente impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión, regulado en dicho Decreto Legislativo, una nueva imposición sobre el almacenamiento temporal de residuos radioactivos”, se explica en la orden.
El Estado había establecido en los artículos 15 a 17 quáter de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, un impuesto sobre la producción de combustible nuclear.
Por lo que la regulación contenida en la Ley 6/2018, de 13 de noviembre incurre en un supuesto de doble imposición de los previstos en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre.