Condenado un guardia civil en Extremadura por conducir ebrio un vehículo oficial

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la condena impuesta a un agente de la Guardia Civil por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tras desestimar el recurso de apelación presentado contra la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Cáceres.

La resolución mantiene las penas fijadas en primera instancia: una multa de 2.700 euros, el pago de una indemnización de 643,82 euros y la retirada del permiso de conducir durante un año y nueve meses.

El accidente ocurrió en el acceso al centro penitenciario

Los hechos se remontan al 15 de diciembre de 2024, cuando el agente conducía un vehículo oficial en dirección al Centro Penitenciario de Cáceres, donde prestaba servicio. Al intentar detenerse en la zona de acceso al recinto, engranó por error la marcha atrás y colisionó con un vehículo de la Policía Nacional.

Tras el incidente, los agentes de la policía local que acudieron al lugar observaron síntomas evidentes de embriaguez, lo que motivó la realización de pruebas de alcoholemia.

Los resultados arrojaron tasas de 0,73 y 0,71 miligramos por litro de aire espirado, cifras que triplican ampliamente el límite permitido por la normativa vigente.

El tribunal rechaza la versión de la defensa

Durante el procedimiento, la defensa del acusado sostuvo que el consumo de alcohol se habría producido después del accidente y antes de la prueba de alcoholemia. Sin embargo, la Sala descarta esta hipótesis al considerar acreditada la secuencia temporal de los hechos.

Según recoge la resolución judicial, entre la hora del accidente, alrededor de las 9:25, y la llegada de la policía local, a las 10:30, no existía margen material suficiente para que el acusado abandonara el recinto penitenciario, consumiera alcohol y regresara sin ser detectado.

Además, la declaración del personal de seguridad del centro penitenciario resultó determinante para reforzar la validez de la prueba practicada, que el tribunal considera realizada con plenas garantías legales.

La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo

La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura no es firme y todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Con esta decisión, el alto tribunal autonómico confirma la responsabilidad penal del agente por un delito contra la seguridad vial, subrayando la solidez de las pruebas practicadas durante el proceso y la corrección jurídica de la sentencia dictada en primera instancia.

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Cristina Pérez

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