La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a cinco años de prisión a un hombre de 34 años por agredir sexualmente a su expareja en septiembre de 2023. La resolución se dictó tras un acuerdo entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, por lo que no fue necesario celebrar un juicio completo. La pena impuesta tiene en cuenta dos circunstancias atenuantes: el trastorno mental derivado del consumo de drogas y la reparación del daño, ya que el acusado abonó una indemnización antes del juicio.
Los hechos
Según recoge la sentencia, el condenado y la víctima mantuvieron una relación sentimental entre 2011 y 2012. Aunque la relación terminó, retomaron el contacto en marzo y abril de 2023.
El 21 de septiembre de ese año quedaron para tomar un café. Más tarde, el acusado llevó a la mujer en su furgoneta a una zona apartada en el monte, donde estacionó el vehículo de forma que ella no pudiera abrir la puerta del copiloto. Después de consumir cocaína y cerveza, el hombre realizó tocamientos sin el consentimiento de la mujer y finalmente la agredió sexualmente en el interior del vehículo.
Situación de la víctima y del condenado
La víctima tiene reconocida una discapacidad del 53% por limitaciones en la audición, la fuerza física y la capacidad pulmonar. Tras la agresión, presenta síntomas compatibles con un trastorno de estrés postraumático y está recibiendo tratamiento psicológico y psiquiátrico.
La sentencia señala que el condenado padecía en el momento de los hechos un trastorno por consumo de alcohol y cocaína, además de un consumo perjudicial de cannabis.
Indemnización
Antes del juicio, celebrado el pasado 11 de diciembre de 2025, el acusado consignó 27.000 euros para indemnizar a la víctima por el daño moral y 1.000 euros para cubrir gastos médicos.
Además de la pena de prisión, el condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con la víctima durante seis años. También deberá cumplir otros seis años de libertad vigilada una vez salga de prisión.
La Audiencia ha acordado la suspensión de la pena de prisión durante un periodo de cinco años, con la condición de que no vuelva a delinquir, siga un tratamiento de deshabituación de drogas, participe en un programa formativo sobre igualdad y violencia de género y respete en todo momento las órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación.