El Supremo da luz verde a denuncias anónimas de empleados

Los trabajadores de una empresa pueden denunciar de forma anónima ante los responsables las prácticas delictivas que conozcan y la compañía podrá iniciar una investigación interna.

De esta manera, el Tribunal Supremo avaló la práctica del anonimato en las empresas para descubrir fraudes u otros procedimientos delictivos, cuidando la identidad de quien denuncia.

En el fallo del 6 de febrero establece como justificación que el ‘canal de denuncias interno’ ha sido incluido en la reciente directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, que protege a las personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión.

En su razonamiento, el ponente, magistrado Magro Servet, detalla que la Directiva europea se justifica al constatar que los informantes, o denunciantes, son el cauce más importante para descubrir delitos de fraude cometidos en el seno de organizaciones; y la principal razón por la que personas que tienen conocimiento de prácticas delictivas en su empresa, o entidad pública, no proceden a denunciar, es fundamentalmente porque no se sienten suficientemente protegidos contra posibles represalias provenientes del los denunciados.

Entonces, el ponente aboga porque se refuerce la protección del denunciante anónimo y el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión e información reconocida en los artículos 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

0 Reviews

Write a Review

Alejandro Villalobos

Read Previous

Consulta europea para plan contra el cáncer

Read Next

¿Quién indemniza las lesiones y accidentes en el gimnasio?