Audiencia Nacional desestima la demanda de jueces por su carga de trabajo

La demanda promovida por cuatro asociaciones de jueces por su carga de trabajo contra el CGPJ y el Ministerio por su alta carga de trabajo fue subestimada por la Audiencia Nacional.

La demanda fue formulada por Jueces para la Democracia, Francisco de Vitoria, Asociación Profesional de la Magistratura y Foro Judicial Independiente.

La sentencia de la Audiencia Nacional invoca la jurisprudencia del Supremo y declara la competencia del orden jurisdiccional social para conocer el litigio, pero estima la excepción de inadecuación de procedimiento planteada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en cuanto que la impugnación de actuaciones administrativas de prevención de riesgos laborales, como en este caso, debe someterse al procedimiento administrativo, aun cuando se apliquen normas laborales.

Entonces, el procedimiento adecuado para impugnar estas actuaciones administrativas es el de impugnación de actos administrativos en materia laboral, regulada en el artículo 151 LRJS.

La decisión subraya que “el CGPJ en su condición de órgano constitucional del Estado no es ni puede ser una empresa, ni en el sentido técnico ni en el sentido no técnico, puesto que se trata del órgano de gobierno del poder judicial, entre cuyas funciones constitucionales está la gestión del estatuto profesional de jueces y magistrados que incluye las cargas de trabajo de jueces y magistrados a nivel disciplinario, retributivo y de salud”.

Los jueces franceses descartan estos argumentos y determinan que un empleado que viaja por trabajo sigue siendo responsabilidad del empleador, independientemente de lo que haga el empleado dentro y fuera del horario laboral.

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Alejandro Villalobos

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