El Supremo falla a favor de sanitarios por falta de EPI

El Tribunal Supremo examinó dos recursos de casación en materia de medidas de prevención de riesgos laborales en relación con el COVID 19, que intentaron el Servicio Vasco de Salud y de la Ertzaintza, respectivamente.

En una decisión unánime, según confirma una nota del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Pleno de la Sala de lo Social dictó dos sentencias.

Las decisiones son las siguientes:

1.- Reafirmar su propia competencia en materia de prevención de riesgos laborales para el personal laboral, estatutario y funcionarial de las Administraciones Públicas y, en concreto, del Servicio Vasco de Salud y de la Ertzaintza.

2.- Considerar adecuado el proceso de tutela de derechos fundamentales, en concreto a la vida y a la integridad física, por las extraordinarias circunstancias en las que el personal sanitario y la policía han tenido que efectuar su trabajo durante el periodo inicial de la pandemia.

3.- Reconocer a los sindicatos legitimación para solicitar la tutela de dichos derechos fundamentales dado que los posibles afectados constituyen un grupo de personas genérico e indeterminado.

4.- Ha ratificado las sentencias recurridas de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco que habían considerado lesionados los mencionados derechos fundamentales.

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Alejandro Villalobos

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