¿Qué sucede si no podemos acudir al trabajo por causas meteorológicas?

En esta época del año son muy comunes los problemas meteorológicos en diferentes puntos del país, en la zona central las nevadas son muy comunes, en la costa del norte los temporales de lluvia y viento son habituales casi cada semana, mientras que en la costa mediterránea las fuertes lluvias suelen causar grandes riadas.

Todos estos fenómenos meteorológicos, en sus versiones más fuertes, causan estragos en las carreteras, impiden la circulación de trenes o inundan el metro, haciendo que para muchas personas sea imposible llegar a sus lugares de trabajo.

Si nos enfrentamos a unos de estos casos, donde por ejemplo, a causa de una nevada nos hemos quedado incomunicados en nuestra residencia, ¿pueden despedirnos por no acudir a nuestro puesto? Para responder a esta pregunta usamos como ejemplo un caso real:

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS) de 12 de junio de 2009 dictaminó que una profesora había sido despedida de forma improcedente al no asistir a sus clases a causa de una nevada. El caso era el siguiente, se estudiaba la no asistencia de una profesora a su centro de trabajo por causas meteorológicas adversas (nieve y placas de hielo) que afectaban al estado de las carreteras y sus consecuencias en el plano laboral.

En particular, el TS subrayaba en aquel fallo las siguientes dos circunstancias: la profesora poseía una autorización de residencia fuera del municipio donde se encontraba su centro de trabajo. Asimismo, en base a una certificación expedida por la Guardia Civil de Tráfico, el día de los hechos existía un “riesgo superior al ordinario para la circulación en carretera”. Igualmente, aquel documento recomendaba aplazar cualquier viaje, salvo caso de estricta necesidad.

Así, la Sala de lo Social argumentaba que la ausencia de la docente al centro educativo por condiciones meteorológicas adversas no sólo no debía suponer la aplicación del poder disciplinario del empleador, sino que tampoco podría conllevar el descuento proporcional de haberes.

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Cristina Pérez

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