TSJ de Aragón suspende el límite de 50 personas en las bodas 

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ordenó la suspensión de la autoridad sanitaria de esa Comunidad, que limita a 50 personas el aforo permitido en las reuniones y bodas.

La decisión llegó luego que la Confederación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Aragón hicieran la petición en un escrito presentado ante la Sala Contencioso Administrativo del TSJA, el pasado 11 de septiembre.

Se trata de la Orden SAN/841/2020, dictada el 9 de septiembre, que modificaba parcialmente la anterior orden (SAN /474/2020) dictada el 19 de junio. Dicha orden establecía las medidas de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

En concreto, la modificación realizada en la orden del 9 de septiembre es la contenida en el punto 6 del artículo cuarto referido a la distancia de seguridad y uso obligatorio de mascarilla y en el que se expresa que “las reuniones sociales no podrán superar el número de cincuenta personas, cuando tengan lugar en espacio o local cerrado, ni el de cien personas, cuando se produzcan al aire libre”.

El tribunal justificó que “los meses de septiembre y octubre son los más tradicionales, junto con abril a junio, para la celebración de bodas” y tiene en cuenta también los daños personales y morales, tanto de los ciudadanos que han encargado los eventos como los de los familiares e invitados que han hecho los gastos para asistir al evento y en la penosa situación de los novios.

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Alejandro Villalobos

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