Tribunal Constitucional sostiene que en Cataluña se rotulen productos en castellano

El Tribunal Constitucional (TC) sostiene que en Cataluña se rotulen los productos también en castellano. De hecho, han sido cuatro los recursos resueltos de inconstitucionalidad contra las leyes catalanas del cine, consumo, acogida de inmigrantes y contenido audiovisual.

Por ejemplo, en lo relacionado con la Ley del cine de Cataluña, el TC no estimó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular. El precepto impugnado se trataba del artículo 18 apartado 1, que fijaba la cuota de reserva que obligaba a doblar o subtitular al catalán el 50% de las películas extranjeras en el territorio.

En realidad, el TC ha señalado que “el artículo 18.1 impone a las empresas distribuidoras la obligación de que distribuyan en lengua catalana el 50% de las copias analógicas de las obras cinematográficas que se estrenen en Cataluña dobladas y subtituladas, y en el caso de que el soporte sea digital, todas las copias distribuidas deben tener incorporado el acceso lingüístico en catalán”.

Además, el Constitucional ha establecido que el fomento del catalán es compatible con toda norma estatal, así que ha matizado que esa exigencia del 50% es desproporcionada con el objetivo de fomentar el catalán. De esta manera, el TC ha fijado que la cuota no podrá exceder el cómputo efectivo global del 25%.

Por otro lado, el Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente por unanimidad el decreto de demarcación de registros en Cataluña. De hecho, se ha declarado la inconstitucionalidad y la nulidad de varios preceptos del Decreto de la Generalitat de Catalunya 69/2015, de 5 de mayo.

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