La Comunidad Autónoma de Galicia ha aprobado una nueva norma para las inspecciones ambientales, mediante el decreto 7/2019, del 9 de enero del presente año.
El decreto tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico de la inspección ambiental en Galicia, que ejercerá sus funciones respecto a las instalaciones y a las actividades de cualquier tipo que sean susceptibles de afectar negativamente al medio ambiente y que se encuentren o desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.
Este documento deroga la regulación sobre la materia vigente hasta ahora, contenida fundamentalmente en el Decreto 156/1995, que regula la inspección ambiental, y la Orden de 30 de mayo de 1996 por la que se regula el ejercicio de la inspección ambiental única y la tramitación de las denuncias ambientales.
La medida era necesaria ya que sus fundamentos estaban desactualizados en relación con la normativa comunitaria y estatal básica, entre la que cabe destacar la Recomendación 2001/331/CE, de 4 de abril de 2001, sobre criterios mínimos de las inspecciones medioambientales en los Estados miembros, la Directiva 2010/75/UE, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales, y el Reglamento (CE) 1013/2006, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, posteriormente modificado por el Reglamento (UE) 660/2014, de 15 de mayo de 2014.