Publicidad de criptoactivos será regulada por la CNMV

La Comisión Nacional del Mercado de Valores tiene ahora la competencia para regular la publicidad de criptoactivos en España, con el objetivo de sujetar a control administrativo la actividad y otros instrumentos que no se regulan en la LMV y que se ofrecen como propuesta de inversión.

La regulación determina que la publicidad sobre criptoactivos deberá ser clara, equilibrada, imparcial y no engañosa. Exige utilizar un lenguaje sencillo y fácil de comprender y evitar la omisión de información relevante o la inclusión de información ambigua, sesgada, incompleta o contradictoria que pueda inducir a confusión.

La medida es en respuesta al incremento de la volatilidad de varias criptomonedas, acompañada de un aumento significativo de una publicidad agresiva, para atraer inversores.

Por ejemplo, una de ellas ha pasado de pagarse a 800 dólares a finales de 2016 a marcar un récord en cerca de los 68.000 dólares en noviembre pasado.

Esta regulación es posible luego que el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, introdujo un nuevo artículo 240 bis en la Ley del Mercado de Valores (LMV) para reforzar el marco legal de protección de los ciudadanos e inversores en lo relativo a la publicidad de nuevos instrumentos y activos financieros en el ámbito digital.

Se hace uso así de la habilitación concedida el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión.

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Alejandro Villalobos

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