El juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Arévalo (Ávila), Santiago Alba Cimarra, debió abstenerse en un procedimiento de modificación de medidas en el que era parte una mujer con la que mantenía una relación de amistad íntima.
Por no hacerlo, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo suspendió por 18 meses y ahora el Tribunal Supremo ha confirmado la medida.
Alba Cimarra había intentado un recurso contra la decisión del órgano judicial, pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta) lo ha desestimado.
La sentencia 121/2022, de 2 de febrero, fue firmada por los magistrados César Tolosa Tribiño (presidente), Eduardo Espín Templado, Celsa Pico Lorenzo, José Antonio Montero Fernández y Segundo Menéndez Pérez, que ha sido el ponente.
El 26 de marzo de 2020 el CGPJ confirmó la sanción que le impuso la Comisión Disciplinaria al juez por una falta muy grave del artículo 417.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que castiga “la inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas”.
El juez dictó un auto el 24 de mayo de 2018, en el que estimó parcialmente la demanda interpuesta por la mujer y modificó la sentencia de guardia y custodia y alimentos de la hija menor del matrimonio, dictada dos años antes. En su decisión, suspendió los derechos de visita del padre a la niña e incrementó en 250 euros la pensión de alimentos.
Pero el mismo día del auto, el juez se hizo fotografías con la mujer en un acto de la Guardia Civil en Ávila, donde se le impuso una condecoración. El padre de la niña confirmó la relación de su expareja y el juez, al contratar un investigador privado.