Las deudas con la Hacienda Pública inferiores a tres euros a 1 de marzo de 2019 se verán anuladas y dadas de baja de contabilidad, según una resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria, publicada el pasado martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En la resolución se acuerda la anulación y se dan de baja en contabilidad todas las liquidaciones que se tratan de una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros respecto de las que no se va a continuar la gestión recaudatoria por motivos “estrictamente económicos”, dado que su cuantía resulta “insuficiente” para la cobertura del coste que representa su recaudación.
“Este es el caso de las liquidaciones cuya exacción genera unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de aquellas”, subrayan.
Por todo ello, se anulan y dan de baja las deudas de liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros a 1 de marzo de 2019, así como las liquidaciones practicadas por órganos de la Administración General del Estado y organismos autónomos cuya gestión recaudatoria en periodo ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria.
Por otro lado, el BOE también publica una resolución de la dirección general del Patrimonio del Estado con una serie de cesiones gratuitas a varios ayuntamientos acordadas a lo largo del primer semestre del año.
Entre estas cesiones, figura un tramo de camino al Ayuntamiento de Villar de Rena (Badajoz); un inmueble al Ayuntamiento de Sabadell (Barcelona); un solar al de Huetor Tajar (Granada); un inmueble al de Irún (Gipuzkoa); una parcela de 1.421 metros cuadrados al Ayuntamiento de Manzanilla (Huelva) o una finca rústica a la Junta Vecinal de Devesa de Curueño (León).