Las Juntas de Personal de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria tienen derecho a solicitar y recibir información sobre los objetivos asignados a las unidades administrativas.
Esto incluye además su grado de cumplimiento y los criterios para repartir la retribución por productividad entre los empleados públicos de la Agencia estatal.
La decisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo se basa en la Ley de Transparencia.
El Supremo ratificó también el criterio que ya sostuvo el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y fue confirmado por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
La sentencia del Tribunal Supremo considera que la normativa aplicable es la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, sin que dicha norma quede desplazada por el Estatuto de los Empleados Públicos o por el Estatuto de los Trabajadores, en lo relativo al derecho de acceso a la información que tienen las Juntas de Personal respecto a los asuntos que conciernen a los empleados públicos.
De esta manera, rechazó el argumento del Abogado del Estado, que recurrió en casación al considerar que la Ley de Transparencia no era aplicable al haber quedado desplazada por la normativa contenida en el Estatuto de los Empleados Públicos y el Estatuto de los Trabajadores.