El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) anuló la calificación de “actividad hostelera” a los establecimientos del casco antiguo de Pamplona de degustación de café, que le había otorgado el Ayuntamiento.
En agosto de 2015 y en medio de una posible modificación del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo (PEPRI), la Junta de Gobierno suspendió nuevas actividades de cafetería, restaurantes y sociedades gastronómicas e inició un análisis de la situación respecto a los locales de hostelería en el Casco Viejo de Pamplona.
“La Junta de Gobierno Local aprobó en noviembre de 2016 la modificación de PEPRI: mantuvo la suspensión de la tramitación de licencias y acordó someter el expediente a información pública”, recuerda una nota de ElEconomista. Fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra el 13 de enero de 2017.
En ese plan, las degustaciones de café son “actividades hosteleras con estancia de clientes en el local, que no funcionan en horario nocturno, salvo cuando el Ayuntamiento determine horarios especiales con motivo de Sanfermines, Navidad, etc., y que se dedican a servir café, chocolate, infusiones, bollería y productos envasados industriales. No pueden vender ni consumir en el local bebidas alcohólicas”.
Sigue el PEPRI: “Estas actividades no cuentan con instalación musical, salvo música ambiental que no supera los 70 decibelios de emisión. No elaboran alimentos, ni cuentan con cocina ni comedor, sin perjuicio de que chocolaterías, pastelerías y similares dispongan de obrador para sus productos específicos de repostería”.
Pero ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Navarra asegura en su sentencia que “la catalogación de las degustaciones de café como actividad hostelera no puede ser realizada por el Ayuntamiento de Pamplona en el PEPRI impugnado por carecer de competencia para ello”.
Los magistrados explican que, según el decreto foral 202/2002 por el que se aprobó el catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas, la competencia para la regulación de las ‘degustaciones de café’ como actividad hostelera no le corresponde al Ayuntamiento de Pamplona sino al Gobierno de Navarra.