Récord de AEPD: 8 millones de multa a Vodafone

Al incumplir el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)) Vodafone tendrá que pagar una multa de 8.150.000 euros, impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

La multa, que es un récord en España también incluye el no frenar las comunicaciones comerciales (llamadas telefónicas y envío de mensajes SMS y correos electrónicos) cuando se le pedía.

La multa más alta impuesta hasta ahora había sido a CaixaBank, por 6 millones de euros impuestos en enero. Ahora, el sector de las empresas telefónicas está en el segundo lugar de las que más ha tenido que pagar al organismo desde la entrada en vigor del RGPD en mayo de 2018, solo por detrás de las entidades bancarias, que supera los 11 millones de euros.

En la resolución, de más de 90 páginas, el organismo sanciona, en primer lugar, con 4.000.000 millones por falta de control real, continuo, permanente y auditado de los tratamientos realizados por los encargados (infracción del artículo 28 RGPD). En segundo lugar, con 2.000.000 millones por transferencias internacionales de datos. (infracción del artículo 44 RGPD). En tercer lugar, 150.000 euros por el envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento (infracción del artículo 21 de la Ley 34 /2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico -LSSI-).

Y, por último, 2.000.000 millones por no haber atendido el ejercicio de derechos, o haber realizado una atención insuficiente o extemporánea de aquellos (infracción del artículo 48.1.b a Ley General de Telecomuniaciones -LGT-, en relación con el artículo 21 RGPD y 23 LOPDGDD).

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Alejandro Villalobos

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