El salario a 900 euros mensuales es ajustado a derecho

El Tribunal Supremo declaró ‘ajustado a derecho’ el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI) a 900 euros al mes.

La decisión fue de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo al tomar en cuenta el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fijó en 30 euros al día el salario mínimo interprofesional para 2019.

Con el falló, la Sala desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ERILLA FRUIT, S.L., AGROBIONEST, S.L., AGRO JABONERO S.L., Y SAT COSTALUZ en el que solicitaban la nulidad de dicho Real Decreto que estableció un incremento del 22,3% del SMI respecto del año anterior.

El tribunal consideró que el Gobierno ha dictado la citada disposición en ejecución de la potestad que otorga el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores que establece que fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el SMI, “teniendo en cuenta” (a) el índice de precios de consumo, (b) la productividad media nacional alcanzada, (c) el incremento de participación el trabajo en la renta nacional y (d) la coyuntura económica general.

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Alejandro Villalobos

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