Tribunal Supremo extiende el fallo de demanda colectiva sobre cláusulas suelo

El Tribunal Supremo ha extendido el fallo de demanda colectiva sobre las cláusulas suelo, señalando que serán aplicables en casos individuales posteriores salvo que consten en el litigio circunstancias excepcionales que justifiquen un fallo diferente.

El veredicto trata la cuestión de los efectos que debe tener la sentencia estimatoria firme de una acción colectiva en un litigio individual posterior sobre nulidad, por falta de transparencia de la misma cláusula suelo.

La conclusión ha sido que el juez encargado de tramitar la denuncia individual deberá apreciar el carácter abusivo de la cláusula por las razones expuestas en la demanda colectiva previa, salvo circunstancias excepcionales referidas al perfil del cliente o a la información suministrada por el banco que se aparten, significativamente, del estándar medio y justifiquen un fallo diferente.

Además, la sentencia señala que no es suficiente que el consumidor tenga una cierta cualificación profesional, incluso relacionada con el mundo del Derecho o de la empresa, para considerar que tiene conocimientos suficientes para detectar la presencia de una cláusula suelo.

Por otra parte, el Tribunal Supremo permitirá añadir nuevas pruebas que, aunque hayan sido requeridas, no han sido aportadas por el contribuyente ante la Agencia Tributaria. De hecho, el TS ha indicado que la revisión de pruebas se podrá hacer de varias maneras, ya sea mediante un recurso de reposición, una reclamación económico-administrativa o un recurso contencioso-administrativo, en el procedimiento de investigación correspondiente.

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