Los criterios generales para reanudar la justicia

El Poder Judicial español homogenizó sus posturas para crear los criterios generales que imperarán en la reanudación de la actividad en las Salas de Gobierno de la Audiencia Nacional y en los Tribunales Superiores de Justicia.

En este nuevo mandato, el Consejo General del Poder Judicial unificó varios documentos y ordenes anteriores, como: el “Protocolo de actuación para la reactivación de la actividad judicial y salud profesional”, la “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en sedes judiciales”, ambos aprobados por la Comisión Permanente el 29 de abril. Además se toman en cuenta normas del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, relacionado con medidas procesales y organizativas para hacer frente a la enfermedad en el ámbito de la Administración de Justicia.

En un extenso texto publicado en su sitio web, el CGPJ incluye todos los aspectos que deben tomarse en cuenta en esta fase de reactivación, tras la pausa provocada por la covid-19.

Se incluyen las actuaciones que pueden llevarse a cabo durante la vigencia de la suspensión de plazos procesales y administrativos y las recomendaciones a seguir una vez que se levante esa suspensión y, en consecuencia, se reactive plenamente la actividad jurisdiccional.

Por ejemplo, sobre los juicios y vistas, el documento explica que pueden celebrarse preferentemente de forma telemática, pero “debe dejarse a criterio judicial el sistema más eficaz para poder celebrar el mayor número de juicios posible, que -según los casos- puede ser combinar juicios presenciales con otros telemáticos”.

Consultar el texto completo aquí

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Alejandro Villalobos

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