Inversiones extranjeras: la UE implanta un mayor control

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado este miércoles un nuevo marco para el control de las inversiones extranjeras directas en la región, que entrará en vigor el próximo mes de abril y contribuirá a salvaguardar la seguridad, el orden público y los intereses estratégicos de Europa. El nuevo marco establece un mecanismo de cooperación en el que los Estados miembros y la Comisión podrán intercambiar información y comunicar las dudas que les plantean determinadas inversiones específicas

Asimismo, la normativa permite a Bruselas emitir dictámenes cuando una inversión suponga una amenaza para la seguridad o el orden público de más de un Estado miembro, o cuando una inversión pueda socavar un proyecto o un programa de interés para el conjunto de la UE, como Horizonte 2020 o Galileo.

No obstante, los Estados “siguen teniendo la última palabra para decidir si una determinada operación de inversión debe autorizarse o no en su territorio”. Por otro lado, el marco impulsa la cooperación internacional en materia de control de las inversiones, incluido el intercambio de experiencias, buenas prácticas e información sobre cuestiones de interés común.

“La decisión de hoy es una prueba de que la UE es capaz de actuar rápidamente cuando están en juego intereses estratégicos de nuestros ciudadanos y nuestra economía”, ha declarado el presidente de la Comisión, Jean-Claude Juncker.

Por su parte, Cecilia Malmström, comisaria de Comercio, se ha mostrado “muy satisfecha” con la decisión del Consejo, recordando que la UE ha asistido a un aumento reciente de la inversión en sectores estratégicos, por lo que el nuevo marco coloca al bloque en mejor posición para supervisar las inversiones extranjeras y salvaguardar sus intereses.

Tras su aprobación hoy por los Estados miembros en el Consejo y la votación favorable del Parlamento Europeo el pasado 14 de febrero, la nueva legislación de la UE que establece un marco de control de las inversiones a escala de la UE entrará en vigor en las próximas semanas, veinte días después de su publicación en el Diario Oficial.

Los Estados miembros y la Comisión dispondrán posteriormente de dieciocho meses para establecer las disposiciones necesarias para la aplicación de este nuevo mecanismo.

 

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Redacción

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